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martes, 25 de septiembre de 2012

Eroski Consumer "Las deudas con la Seguridad Social también se heredan"

Eroski Consumer realiza un informe para dar a conocer los derechos y obligaciones de herederos

Lola Husain Calzada

Eroski Consumer, la iniciativa de grupo Eroski,  ha publicado un reciente estudio para que los usuarios conozcan de primera mano  las diferentes fórmulas que existen para hacer frente a una herencia con deudas a la Seguridad Social. La ley establece que las obligaciones a las que no hizo frente un difunto pueden recaer sobre sus sucesores legales, los cuales tendrán que hacerse cargo del impago si aceptan la herencia.
 En el nuevo informe se especifica que es  de vital importancia conocer lo que implica cada fórmula antes de tomar una decisión para no poner en peligro el propio capital. De lo contrario, es posible que parte de los bienes del heredero se tengan que emplear en hacer frente a las obligaciones con la Seguridad Social.
A grandes rasgos existen cuatro alternativas o posibilidades que al heredero se le pueden presentar  en caso de adquirir deudas.
La primera sería pagar la deuda y arriesgar propio patrimonio; la segunda, pagar la deuda con la Seguridad Social solo con la herencia. Otra tercera posibilidad es la de no pagar la deuda, ya que cuando no hay herederos o estos no quieren la herencia, el Estado sigue un procedimiento para que la deuda se pague con el patrimonio no adjudicado del difunto.